Los verbos irregulares en español son aquellos verbos en los que la raíz verbal cambia cuando se conjugan.
La raíz verbal es la parte que expresa el significado del verbo. A la raíz verbal también se le conoce con el término de lexema.
Se obtiene cuando se eliminan las terminaciones propias del infinitivo, “-ar”, “-er”, e “-ir”.
Se puede decir, por tanto, que los verbos irregulares en español son los que modifican la raíz verbal.
Existen muchos tipos de verbos irregulares en español. Hay verbos que son irregulares solamente en un tiempo verbal, mientras que hay verbos que son irregulares en varios tiempos verbales.
Incluso, en un mismo tiempo verbal, puede haber formas verbales que son regulares y formas verbales que son irregulares.
Cualquier verbo predicativo es un verbo transitivo o un verbo intransitivo. No existe ningún verbo predicativo que no esté dentro de una de esas dos categorías.
Un verbo transitivo es aquel verbo que necesita o rige un complemento directo.
Un verbo intransitivo es aquel verbo que no necesita un objeto directo.
Por extensión, cuando en una oración hay un verbo transitivo, se habla de una oración transitiva; mientras que, si en una oración hay un verbo intransitivo, se habla de una oración intransitiva.
Es importante indicar que la propiedad de la transitividad la tienen todos los verbos, sin importar el tiempo verbal en el que estén conjugados.
La única diferencia entre los verbos transitivos y los verbos intransitivos es el hecho de combinarse, o no, con un complemento directo.
Los verbos semicopulativos son un grupo de verbos que pueden comportarse como verbos copulativos si tienen atributo.
Esto significa que los verbos semicopulativos actúan como enlace o unión entre el sujeto y el atributo.
La diferencia entre los verbos copulativos y los verbos semicouplativos es que, además de unir el sujeto y el atributo, añaden ciertos matices de significado.
Al contrario de los verbos copulativos, los verbos semicopulativos tienen muchísimos usos como verbos predicativos; es decir, como verbos con significados propios y plenos.
Los verbos copulativos son verbos que no presentan contenido léxico. Simplemente, unen el sujeto de la oración con el atributo. No añade información significativa a la oración.
El sujeto puede o no aparecer en la oración. Sin embargo, la presencia del atributo es obligatoria.
Además del sujeto y el atributo, únicamente puede aparecer un único complemento: el complemento circunstancial.
Siempre tiene que haber concordancia de número entre el sujeto, el atributo y el verbo copulativo, bien en singular, bien en plural.
Es decir, en los verbos reflexivos el sujeto realiza una acción que repercute directamente en ese sujeto.
Esto significa que, para hablar de verbos reflexivos, la primera condición es que sean verbos transitivos, que admitan un objeto directo.
Se habla habitualmente de verbos reflexivos, pero es más correcto hablar de usos reflexivos de los verbos. De forma general, un verbo con usos reflexivos admite también usos no reflexivos.
Las formas verbales son todos los verbos que forman parte de la conjugación de un verbo; es decir, todas las posibles variaciones de un verbo para designar contenidos de persona, número, tiempo, modo y aspecto.
La expresión de las diferentes formas verbales se realiza a partir de las desinencias verbales.
La totalidad de formas verbales se clasifican en tiempos verbales.
Eso significa que, de forma genérica, cada tiempo verbal cuenta con seis formas verbales.
Estas seis formas verbales son el resultado de la combinación de tres personas (primera, segunda y tercera) con dos números (singular y plural).
Pero, además, los verbos tienen 16 tiempos verbales (más el imperativo), divididos en: